GLOBALIZACIÓN Y NUEVOS ACTORES EN TIEMPOS DE CRISIS

Alejandro Gonzalez Varas IBÁÑEZ

Resumo


Objetivo: En ese trabajo se abordan algunos de los efectos de la globalización sobre el Derecho. En concreto, se estudia el modo en el que la secularización y el individualismo propios de la globalización han afectado a su contenido y elaboración. También se identifican los sujetos que influyen en la creación del Derecho, sea por las oportunidades que ofrece la globalización o por reacción contra ella.

Metodología: La investigación realizada utiliza el método deductivo, a través de un enfoque cualitativo, para producir información en profundidad; y en cuanto al procedimiento, es una investigación bibliográfica, a través de la revisión de trabajos y artículos científicos, así como documentales, debido a la revisión de textos legislativos y decisiones judiciales, con el objetivo de extraer la adecuada profundización de la comprensión sobre los efectos de la globalización en el derecho.

Resultados: El Derecho se ha visto afectado por la secularización e individualismo propios de la era postmoderna. Esta situación ha provocado diferentes consecuencias. Entre ellas, parece particularmente relevante que el Derecho se haya vaciado de contenido. Este fenómeno se ha dejado notar incluso en el ámbito de los derechos humanos que, a la vez que se han universalizado, están siendo objeto de una nueva interpretación. Esto provoca una consecuencia trascendente, como es que el Derecho se vuelve manejable y constantemente interpretable.

Contribuciones: el presente estudio aporta como contribución a la Academia la promoción del debate; demostrar la importancia del tema aportado a la comparación, sin ofrecer respuestas preestablecidas, sino contribuyendo a la construcción de nuevas soluciones para los efectos de la globalización en el derecho.

Palabras Clave: Globalización; Derecho; Libertad religiosa e ideológica; Populismos; Islam. 

ABSTRACT

Objective: This paper addresses some of the effects of globalization on the law. Specifically, it studies the way in which the secularization and individualism of globalization have affected its content and elaboration. The subjects that influence the creation of the Law are also identified, either because of the opportunities offered by globalization or because of a reaction against it.

 

Methodology: The research undertaken uses the deductive method, through a qualitative approach, to produce in-depth information; and as for the procedure, it is a bibliographical research, through the review of works and scientific articles, as well as documentary, due to the revision of legislative texts and judicial decisions, aiming to extract due depth of understanding about the effects of globalization in law.

Results: Law has been affected by the secularization and individualism of the postmodern era. This situation has led to different consequences. Among them, it seems particularly relevant that the law has been emptied of content. This phenomenon has been noticed even in the field of human rights, which, while becoming universal, are being reinterpreted. This causes a transcendent consequence, as the Law becomes manageable and constantly interpretable.

Contributions: the present study brings as a contribution to the Academy the promotion of debate; demonstrate the importance of the subject brought to study, without offering pre-established answers, but contributing to the construction of new solutions for the effects of globalization in law.

 

Keywords: Globalization. Law. Religious and ideological freedom. Populism. Islam. 

RESUMO

Objetivo: Este artigo aborda alguns dos efeitos da globalização sobre a lei. Especificamente, estuda a forma como a secularização e o individualismo da globalização têm afetado seu conteúdo e elaboração. Também são identificados os temas que influenciam a criação da Lei, seja pelas oportunidades oferecidas pela globalização ou por causa de uma reação contra ela.

Metodologia: A investigação empreendida utiliza o método dedutivo, por intermédio de uma abordagem qualitativa, para produzir informações aprofundadas; e quanto ao procedimento, é uma pesquisa bibliográfica, mediante a revisão de obras e artigos científicos, bem como documental, devido à revisão de textos legislativos e decisões judiciais, visando extrair o devido aprofundamento da compreensão sobre os efeitos da globalização no Direito.

Resultados: A lei foi afetada pela secularização e individualismo da era pós-modernista. Esta situação levou a diferentes consequências. Entre eles, parece particularmente relevante que a lei tenha sido esvaziada de conteúdo. Esse fenômeno tem sido notado até mesmo no campo dos direitos humanos, que, ao mesmo tempo em que se torna universal, estão sendo reinterpretados. Isso causa uma consequência transcendente, pois é que a Lei se torna gerenciável e constantemente interpretável.

 

Contribuições: o presente estudo traz como contribuição à Academia a promoção do debate; demonstrar a importância do assunto trazido à cotejo, sem oferecer respostas preestabelecidas, mas contribuir para a construção de novas soluções para os efeitos da globalização no Direito.

Palavras-chave:  Globalização; Direita; Liberdade religiosa e ideológica; Populismo; Islamismo.

 


Palavras-chave


Globalización; Derecho; Libertad religiosa e ideológica; Populismos; Islam.

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Referências


ANTONINI, L. - BARAZZETTA, A. - PIN, A. (2009), “Multiculturalismo y hard cases”, en J. PRADES, M. ORIOL (Eds.), Los retos del multiculturalismo. Encuentro. Madrid, pp. 27-43.

APARISI MIRALLES, A. - CASTILLA DE CORTÁZAR, B. - MIRANDA NOVOA, M. (2017), Los discursos sobre el género. Tirant lo Blanch. Valencia.

BADERIN, M.A. (2005), International Human Rights and Islamic Law. Oxford University Press. Oxford.

BALLESTEROS, J. (2000), “Postmodernidad y tercer milenio”, en PD, 43, pp. 15-31.

BALLESTEROS, J. (2018) “El futuro del Derecho como lucha contra la idolatría tecnológica”, en PD, 79, pp. 37-50.

BARBERA, A. (2007), “Prefazione”, en CARTABIA, M. (a cura di), I diritti in azione. Il Mulino. Bologna, pp. 7-10.

BELVISI, F. (2016), “Nemici, stranieri e pluralismo giuridico nella società multuculturale”, en Sociología del Diritto, 2016/3, pp. 75-99.

BERTOLINO, R. (1994), L’obiezione di coscienza «moderna». Per una fondazione costituzionale del Diritto di obiezione. Giappichelli. Torino.

BETTETINI, A. (2003), “Sobre las relaciones entre religión, Derecho canónico y Derecho político en la sociedad posmoderna”, en RGDCEE, 3, pp. 1-23.

CALVO CHARRO, M. (2014), Alteridad sexual. Razones frente a la ideología de género. Palabra. Madrid.

CANCIO MELIÁ, M. (2006), “De nuevo: ¿«Derecho penal» del enemigo?”, en JAKOBS, G. – CANCIO MELIÁ, M., Derecho penal del enemigo. 2ª ed. Cívitas. Cizur Menor (Navarra), pp. 85-152.

CARTABIA, M. (2009), “Derechos humanos y pluralidad de culturas: un camino posible”, en PRADES, J. – ORIOL, M. (Eds.), Los retos del multiculturalismo. Encuentro. Madrid, pp. 44-61.

CASSESE, S. (2006), La globalización jurídica. INAP-Marcial Pons. Madrid.

CEREZO GALÁN, P. (2009), “Pluralismo y comunicación intercultural”, en GARCÍA CASANOVA, J.F. (Ed.), Encuentro y alianza de civilizaciones. Editorial Universidad de Granada. Granada, pp. 63-84.

COMBALÍA, Z. (2001), El derecho de libertad religiosa en el mundo islámico. EUNSA. Pamplona.

COMBALÍA, Z. (2003), “Derecho islámico: ¿libertad o tolerancia religiosa?”, en RGDCEE, 2, pp. 1-35.

COMBALÍA, Z. (2009), “Libertad de expresión y difamación de las religiones: el debate en Naciones Unidas a propósito del conflicto de las caricaturas de Mahoma”, en RGDCEE, 19, pp. 1-31.

COMBALÍA, Z. (2016), “Nuevos desafíos sociales y jurídicos derivados de la presencia del Islam en las sociedades occidentales del s. XXI”, en COMBALÍA, Z. –DIAGO, M.P. –GONZÁLEZ-VARAS, A. (Coords.), Derecho e Islam en una sociedad globalizada. Tirant lo Blanch. Valencia, pp. 17-44.

CORRAL SALVADOR, C. (2009), Derecho internacional concordatario. Biblioteca de Autores Cristianos. Madrid.

D’AGOSTINO, F. (2000), “Ética y Derecho entre lo moderno y lo postmoderno”, en PD, 42, pp. 17-41.

D’AGOSTINO, F. (2002), “Diritti della famiglia e diritti dei minori”, en PD, 46, pp. 121-142.

DE BERTOLIS, O. (2006), “Il fenomeno della mondializzazione e il pluralismo etico-giuridico”, en SANNA, I. (Ed.): Legge di natura e interculturalità. Studium. Roma, pp. 123-136.

DE FUENMAYOR, A. (2003), La inspiración cristiana de las leyes. Instituto Martín de Azpilcueta. Pamplona.

DOMINGO OSLÉ, R. (2008), ¿Qué es el Derecho global?. Consejo General del Poder Judicial. Madrid.

DONATI, P. (2008), Oltre il multiculturalismo. Laterza. Roma-Bari.

DURÁN Y LALAGUNA, P. (2008), “The pursuit of equality between women and men. The contribution of the United Nations”, en Cuadernos Constitucionales de la Cátedra Fadrique Furió Ceriol, 62-63, pp. 127-156.

FARIA, J.E. (2001), El Derecho en la economía globalizada. Trotta. Madrid.

FIGUERUELO BURRIEZA, Á. (2017), “El tríptico liberal y la globalización”, en Revista General de Derecho Público Comparado, 20, pp. 1-23.

GALERA VICTORIA, A. (2019), “Las estrategias de la Unión Europea ante los retos de la globalización”, en BALAGUER CALLEJÓN, F. – TUDELA ARANDA, J. (Coords.), Perspectivas actuales del proceso de integración europea. Fundación Manuel Giménez Abad. Zaragoza, pp. 189-224.

GARCÍA CASANOVA, J.F. (2009), “Introducción”, en IDEM (Ed.), Encuentro y alianza de civilizaciones. Editorial Universidad de Granada. Granada, pp. 7-14.

GARCÍA-PELAYO, M. (1999), Derecho constitucional comparado. Alianza Editorial. Madrid.

GONZÁLEZ-VARAS IBÁÑEZ, A. (2009), “El ejercicio de las objeciones de conciencia en una sociedad postmoderna”, en Revista de Derecho de la Universidad Católica del Norte de Chile, año 16, n. 2, pp. 21-71.

GONZÁLEZ-VARAS IBÁÑEZ, A. (2018), “International protection of places of worship”, en Jus. Rivista di Scienze Giuridiche, pp. 1-27.

GONZÁLEZ-VARAS IBÁÑEZ, A. (2019), “La actuación de la Unión Europea en materia de inmigración”, en Revista Jurídica Santo Agostinho de Sete Lagoas, 5, pp. 8-26.

IRTI, N. (2004), Nichilismo giuridico. Laterza. Roma-Bari.

JAKOBS, G. (2008), “¿De qué trata exactamente la problemática del Derecho penal del enemigo?”, en JAKOBS, G. – POLAINO NAVARRETE, M. – POLAINO ORTS, M., El Derecho penal del enemigo en el contexto del funcionalismo. Flores editor. México, pp. 1-6.

JAKOBS, G. (2006), “Derecho penal del ciudadano y Derecho penal del enemigo”, en JAKOBS, G. – CANCIO MELIÁ, M., Derecho penal del enemigo. 2ª ed. Cívitas. Cizur Menor (Navarra), pp. 21-56.

KHADER, B. (2012), “La primavera árabe: el día después”, en Papeles de las Relaciones Ecosociales y Cambio Global, n. 117, pp. 143-162.

LO CASTRO, G. (1997), Il mistero del Diritto. Giappichelli. Torino.

LÓPEZ MORATALLA, N. (2007), Cerebro de mujer y cerebro de varón. Rialp. Madrid.

MESSNER, F. – PRÉLOT, P.H. – WOEHRLING, J.M. (2003), Traité de droit français des religions. Litec. París.

MILNER, J.C. (2015), “Foules et idéologies religeuses”, en Cités, 62, pp. 157-170.

NAVARRO VALLS, R. (1993), “Los Estados frente a la Iglesia”, en Anuario de Derecho Eclesiástico del Estado, 9, pp. 17-52.

NÚÑEZ VILLAVERDE, J.A. (2014), “Una respuesta inadecuada al desafío del EI”, en Política Exterior, 162, pp. 64-43.

OLLERO, A. (2006), Bioderecho: entre la vida y la muerte. Aranzadi. Pamplona.

PALOMINO, R. (2014), Neutralidad del Estado y espacio público. Thomson Reuters Aranzadi. Pamplona.

PEREIRA MENAUT, A.C. (2018), “Nihilismo jurídico: ¿etsi ius non daretur?”, en PD, 78, pp. 293-322.

PÉREZ ADÁN, J. (2006), Sociología. Ediciones Internacionales Universitarias. Madrid.

PÉREZ-MADRID, F. (2004), “Los principios concordatarios en los comienzos del siglo XXI”, en VÁZQUEZ GARCÍA-PEÑUELA, J.M. (Ed.), Los Concordatos: pasado y futuro. Comares. Granada, pp. 503-518.

PFAFF, W. (2015), “La crisis del mundo islámico”, en Política Exterior, 164, pp. 50-62.

POLAINO ORTS, M. (2008), “Derecho penal del enemigo: ¿Qué es? ¿Existe? ¿debe existir? ¿Por qué existe?”, en JAKOBS, G. – POLAINO NAVARRETE, M. – POLAINO ORTS, M., El Derecho penal del enemigo en el contexto del funcionalismo. Flores editor. México, pp. 47-99.

RAMOS AGUIRRE, C. - FERREIRO GALGUERA, J. (Coords., 2017), La Primavera árabe: cinco años después. Atelier. Barcelona.

ROCA, M.J. (2005), “’Teoría’ y ‘práctica’ del principio de laicidad del Estado: acerca de su contenido y su función jurídica”, en PD, 53, pp. 223-258.

SHERWOOD, D.A. – DIACONU, M. - HOYLE-KATZ, S. (2017), “Human rights, social work ethics and «surplus populations»”, en VEGA GUTIÉRREZ, A.M. (Coord.), Derechos Humanos en el siglo XXI. 50º aniversario de los Pactos Internacionales de Derechos Humanos. Thomson-Reuters-Aranzadi. Pamplona, pp. 165-186.

SUSAETA MONTOYA, F. (2018 a), “El Islam en el pensamiento español actual”, en Burgense, 59, pp. 1179-1242.

SUSAETA MONTOYA, F. (2018 b), “El Islam en España: un desafío para la interculturalidad”, en Lumen, 67, pp. 299-348.

VÁZQUEZ GARCÍA-PEÑUELA, J.M. (1998), “Constitución, pluralismo y dignidad humana: en torno a las cuestiones fundamentales del Derecho eclesiástico español”, en Il Diritto Ecclesiastico, pp. 437-449.

VEDASCHI, A. (2016), “Da Al-Qa’ida all’Is: il terrorismo internazionale si è fatto Stato?”, en Rivista Trimestrale di Diritto Pubblico, pp. 41-80.

VEGA GUTIÉRREZ, A.M. (2009), “Biotecnología y deconstrucción del género: algunas claves para interpretar las políticas que afectan a la familia”, en RGDCEE, 20, pp. 1-59.

VEGA GUTIÉRREZ, A.M. (2017), “El radicalismo violento ejercido en nombre de la religión”, en EADEM (Coord.), Derechos Humanos en el siglo XXI. 50º aniversario de los Pactos Internacionales de Derechos Humanos. Thomson-Reuters-Aranzadi. Pamplona, pp. 309-350.

ZOLLER, E. (2015), “Le Patriot Act: retour sur un texte controversé”, en Revue de Droit Public, pp. 377-388.




DOI: http://dx.doi.org/10.26668/revistajur.2316-753X.v1i68.5740

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